Padilla Bujalil. Servicios inmobiliarios CDMX
Administracion de rentas Administracion de rentas
botonmenumovil
Lunes a viernes de 9am a 6pm
Adquirí un Inmueble con Inquilino, soy el nuevo propietario ¿qué debo hacer? Inmobiliarias DF.. Administracion de rentas. Inmobiliarias CDMX

Adquirí un Inmueble con Inquilino, soy el nuevo propietario ¿qué debo hacer? Inmobiliarias DF.

Administración de rentas. Inmobiliarias CDMX

251 Palabras
Tiempo estimado de lectura: 2 minutos

Para el caso de cambio de propietario de un inmueble que se encuentre arrendado, el artículo 2409 del Código Civil para el Distrito Federal establece que el nuevo adquiriente debe notificar al arrendatario que él es el nuevo propietario.

Esto aplica siempre que por cualquier motivo se transmita la propiedad de un inmueble arrendado.

¿Qué sucede con el contrato de arrendamiento que tiene celebrado con el anterior propietario? Respecto al contrato de arrendamiento, en términos del artículo 2448-J dicho contrato subsiste en los mismos términos en el cual se celebró.

¿Ahora a quién debe pagar las rentas el arrendatario (inquilino)? Por lo que hace al pago de las rentas, el arrendatario (inquilino) tiene ahora que pagar al nuevo dueño la totalidad de las rentas adeudadas y las que se generen en términos del contrato de arrendamiento.

Entonces ¿qué debo hacer como nuevo propietario? El nuevo propietario, ahora nuevo casero, tiene la obligación de notificar de manera fehaciente al inquilino de inmediato que ya se le otorgó el título de propiedad, para estar tener derecho a reclamar el pago de la renta.

En este caso opera la subrogación ipso iure del nuevo propietario, en los derechos que como arrendador tenía el anterior propietario.

¿Cómo se hace una notificación fehaciente? Deber ser siempre por escrito con dos testigos, por medio de notario público o mediante notificación judicial (jurisdicción voluntaria).

Miguel Ángel Padilla Bujalil
miguel@padilla-bujalil.com.mx
5592.8816

inmobiliarias cdmx

Notas relacionadas